Si eres propietario de una vivienda y estás valorando venderla o ponerla en alquiler, seguro que ya has leído o te han informado de que hay ciertos informes con los que has de contar antes de realizar la operación. En el caso concreto de la ciudad condal, hablamos de la cédula de habitabilidad en Barcelona y el certificado de eficiencia energética.
Lejos de las trabas burocráticas que muchos ven en ellos, los certificados son un elemento de seguridad y que garantizan el buen estado de elementos importantes en la vivienda.
No se tratan de anclas de control o de cauces para emitir multas, sino que son una robusta herramienta para transmitir información segura entre propietarios o propietario e inquilino que informa a la nueva parte el estado de la vivienda a través de un informe técnico realizado.
En cualquier caso, siempre son una garantía que debes solicitar para que en caso de que haya problemas futuros, conste a qué se pueden deber. Mucho más si cualquier de estas incidencias puede afectar a tu seguridad o la de tu familia o incluso a tu salud.
Cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad, reglada por el decreto 141/ 2012, es un documento que recoge el estado de la vivienda y se otorga a aquellas que cumplen las normas mínimas para su uso residencial. No es exclusivo de ningún tipo de viviendas, sino que se atribuye tanto a obra nueva como de segunda mano, reformadas o no.
El documento lo puede redactar solo un arquitecto, arquitecto técnico o aparejador especializado y en él consta la dirección de la residencia, superficie, habitaciones, tipo de espacios que contiene y los datos de quien la emite.
La validez de este documento expira a los 15 años de su expedición.
Certificado de eficiencia energética
Actualmente es un certificado obligatorio que hemos de tener antes de proceder a la venta y también al alquiler. Este documento informa del nivel de CO2 emitido y se barema con los metros cuadrados de la vivienda. Su resultado nos ayudará a conocer el grado de eficiencia de los consumos de agua, electricidad, electrodomésticos que más emisiones realizan, calefacción, refrigeración, iluminación…
Informe pericial
El informe pericial no es obligatorio pero lo podemos ofrecer como valor añadido, por ejemplo, si alquilamos la vivienda. Este nos servirá para evitar confrontamientos y, en caso de daños o desperfectos, conocer qué parte es la que ha de hacerse cargo de los costes derivados de su reparación.
Es por ello por lo que debemos pensar en los certificados como un salvoconducto y no como una traba. Pese a que muchos de ellos son obligatorios, no es su intención expedirlos para evitar multas, sino para garantizar que todo está como debe estar.
Contar con estos informes facilitará los trámites de venta o alquiler, dado que aportaremos tranquilidad y mucha confianza al nuevo propietario. A la hora de hacer reclamaciones estará todo mucho más claro y, desde el principio, propiciará una mejor relación entre propietario-inquilino en el caso de que la relación sea de esta naturaleza.
Sin embargo de importancia fundamental será el exterior de la vivienda. Para rehabilitación de fachadas, os sugiero contactar con la empresa Proliser: http://www.proliser.com
Son sin duda los mejores en el sector.